Calculadora de Finiquito y Liquidación 2026

Calcula tu finiquito o liquidación 2026 de manera rápida y precisa. Esta calculadora te permite conocer cuánto te corresponde recibir al terminar tu relación laboral, mostrándote simultáneamente ambos escenarios: finiquito por renuncia voluntaria y liquidación por despido injustificado, conforme a la Ley Federal del Trabajo vigente.

Calculadora de Finiquito y Liquidación 2026

Introduce tus datos y conoce cuánto te corresponde en cada escenario

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Qué es el finiquito y cuándo se paga

El finiquito es el pago que debe realizar el patrón al trabajador cuando termina la relación laboral de manera voluntaria o por causas naturales, sin que exista despido injustificado. Este concepto está fundamentado en los Artículos 76, 87 y 162 de la Ley Federal del Trabajo y representa la liquidación de todas las prestaciones y salarios pendientes que el trabajador tiene derecho a recibir al momento de la terminación del contrato.

El finiquito debe pagarse el mismo día de la terminación de la relación laboral o a más tardar dentro de los 3 días hábiles siguientes. Este pago es obligatorio independientemente del motivo de la separación, ya sea por renuncia voluntaria, vencimiento del contrato temporal, jubilación, mutuo acuerdo entre patrón y trabajador, o cualquier otra causa que no implique responsabilidad para el empleador.

Es fundamental que al recibir tu finiquito firmes un documento llamado "carta de finiquito" únicamente después de verificar que todos los conceptos están correctamente calculados y pagados. Este documento libera al patrón de futuras reclamaciones laborales, por lo que debes revisar cuidadosamente cada concepto antes de firmar. Si tienes dudas sobre los montos o consideras que no se calculó correctamente, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría gratuita antes de firmar.

Diferencia entre finiquito y liquidación

Aunque frecuentemente se confunden, el finiquito y la liquidación son conceptos distintos con implicaciones legales y económicas diferentes. La principal diferencia radica en el motivo de la terminación de la relación laboral y los conceptos que cada uno incluye.

ConceptoFiniquitoLiquidación
MotivoRenuncia voluntaria, fin de contrato, mutuo acuerdoDespido injustificado
Base legalArts. 76, 87, 162 LFTArts. 48, 49, 50, 162 LFT
Días trabajados Incluido Incluido
Aguinaldo proporcional Incluido Incluido
Vacaciones + Prima Incluido Incluido
Prima de antigüedadSolo si aplica (15+ años) Siempre incluida
3 meses de indemnización❌ No incluido Incluido
20 días por año❌ No incluido Incluido

La liquidación es significativamente más alta que el finiquito porque incluye indemnizaciones constitucionales por despido injustificado. Según el Artículo 50 de la LFT, cuando un patrón despide a un trabajador sin causa justificada, debe pagarle además de su finiquito: tres meses de salario integrado como indemnización constitucional, 20 días de salario integrado por cada año trabajado, y la prima de antigüedad completa (12 días de salario por año con tope de 2 salarios mínimos generales). Estos montos adicionales pueden representar varias veces el valor del finiquito básico dependiendo de la antigüedad del trabajador.

Conceptos que incluye el finiquito 2026

El finiquito en México debe incluir obligatoriamente todos los conceptos laborales pendientes de pago al momento de la terminación de la relación laboral. Estos conceptos están establecidos en la Ley Federal del Trabajo y su correcta aplicación es fundamental para proteger los derechos del trabajador.

Días trabajados no pagados: Corresponde al salario de los días que trabajaste desde tu último pago de nómina hasta el día de tu baja. Se calcula multiplicando tu salario diario por el número de días trabajados pendientes de pago. Por ejemplo, si tu último pago fue el 31 de enero y tu baja es el 5 de febrero, te corresponden 5 días de salario.

Aguinaldo proporcional: La Ley establece un mínimo de 15 días de aguinaldo anual, pero si tu empresa otorga más días, esos aplican. El cálculo proporcional se realiza con la fórmula: (Días trabajados en el año ÷ 365) × Días de aguinaldo × Salario diario. Si trabajaste 6 meses con salario diario de $500 y 15 días de aguinaldo: (180 ÷ 365) × 15 × $500 = $3,698.63 pesos.

Vacaciones proporcionales y prima vacacional: Las vacaciones proporcionales se calculan según los días que te corresponden por tu antigüedad (mínimo 6 días el primer año, aumentando 2 días cada año hasta llegar a 12, después aumenta cada 5 años). La prima vacacional es el 25% mínimo del salario de vacaciones, aunque puede ser mayor según tu contrato. Si tienes 6 días de vacaciones ganados y no disfrutados, con salario diario de $500: Vacaciones = 6 × $500 = $3,000; Prima vacacional = $3,000 × 25% = $750.

Prima de antigüedad: Este concepto aplica solo en casos específicos de finiquito. Según el Artículo 162 de la LFT, tienes derecho a prima de antigüedad en el finiquito si: te retiras voluntariamente después de 15 años de servicio, te separas por causa justificada conforme al Art. 51, o en otros supuestos establecidos en la ley. Se calcula con 12 días de salario por año trabajado, con un tope de 2 veces el salario mínimo general ($426.26 × 2 = $852.52 diarios para 2026). Si tienes 20 años de antigüedad: 20 años × 12 días × $852.52 = $204,604.80.

Conceptos de la liquidación por despido injustificado

Cuando un patrón despide a un trabajador sin causa justificada conforme al Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, debe pagar una liquidación que incluye todos los conceptos del finiquito más indemnizaciones constitucionales significativas establecidas en el Artículo 50 de la LFT.

Indemnización constitucional de 3 meses: Equivale a 90 días de salario integrado. El salario integrado incluye tu salario base más la parte proporcional de prestaciones como aguinaldo, prima vacacional y cualquier otra prestación regular. Por ejemplo, si tu salario diario es $500 y tu salario integrado es $600: 90 días × $600 = $54,000 pesos. Este es el concepto más importante de la liquidación y representa tu derecho constitucional a una indemnización por perder tu fuente de trabajo sin causa justificada.

Prima de antigüedad completa: A diferencia del finiquito donde solo aplica en casos específicos, en la liquidación la prima de antigüedad siempre se paga. Corresponde a 12 días de salario por cada año trabajado, con el tope de 2 salarios mínimos generales ($852.52 diarios para 2026). Con 10 años de antigüedad y salario de $700 diarios (que supera el tope): 10 años × 12 días × $852.52 = $102,302.40 pesos.

20 días por año trabajado: Este concepto compensa la antigüedad del trabajador despedido injustificadamente. Se calculan 20 días de salario integrado por cada año completo de servicio. Con 8 años de antigüedad y salario integrado de $600 diarios: 8 años × 20 días × $600 = $96,000 pesos. Este monto se suma a los 3 meses de indemnización, creando una protección económica sustancial para el trabajador despedido.

Además de estos conceptos específicos de liquidación, se incluyen todos los conceptos normales del finiquito: días trabajados no pagados, aguinaldo proporcional, vacaciones proporcionales y prima vacacional. La suma de todos estos conceptos puede representar varios meses de salario, especialmente para trabajadores con varios años de antigüedad, lo que desincentiva los despidos injustificados por parte de los patrones.

Cómo se calcula el ISR sobre finiquito y liquidación

El tratamiento fiscal del finiquito y la liquidación en México es complejo y tiene importantes beneficios fiscales para proteger el ingreso del trabajador que termina su relación laboral. La Ley del Impuesto Sobre la Renta establece exenciones específicas en su Artículo 93.

Para el finiquito por renuncia voluntaria, los conceptos se gravan de la siguiente manera: los días trabajados no pagados se acumulan a tu último ingreso mensual y pagan ISR normal; el aguinaldo proporcional tiene exención de 30 UMAs ($3,519.30 para 2026) y el excedente paga ISR; las vacaciones no disfrutadas están completamente gravadas sin exención; la prima vacacional tiene exención de 15 UMAs ($1,759.65 para 2026); la prima de antigüedad tiene exención de 90 UMAs ($10,557.90 para 2026) y el excedente paga ISR.

En el caso de la liquidación por despido injustificado, existe un tratamiento fiscal más favorable. Las indemnizaciones (3 meses + 20 días por año) están exentas de ISR hasta por el equivalente a 90 veces la UMA, que para 2026 equivale a $10,557.90 pesos ($117.31 × 90 = $10,557.90). El excedente de las indemnizaciones sobre este monto sí pagará ISR. La prima de antigüedad también tiene su propia exención de 90 UMAs adicionales, aplicándose de manera independiente a la exención de las indemnizaciones.

Es importante mencionar que cuando los montos de indemnización son altos y superan las exenciones, se puede aplicar el método del Artículo 96 o el Artículo 174 del Reglamento de la LISR para calcular el ISR. Generalmente se usa el método que resulte más favorable para el trabajador. Tu patrón es responsable de calcular y retener correctamente el ISR, entregándote el monto neto. Debes recibir un comprobante de pago detallado que muestre cada concepto, las exenciones aplicadas y el ISR retenido, documento fundamental para tu declaración anual.

Prima de antigüedad: cuándo y cómo se calcula

La prima de antigüedad es una prestación laboral establecida en el Artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo que reconoce y compensa la lealtad del trabajador hacia su empleador durante el tiempo de servicio. Consiste en 12 días de salario por cada año trabajado, pero con un límite máximo o "tope" de 2 veces el salario mínimo general vigente.

Para 2026, con el salario mínimo general de $426.26 pesos diarios, el tope para calcular la prima de antigüedad es de $852.52 pesos diarios ($426.26 × 2 = $852.52). Esto significa que aunque tu salario real sea superior, para el cálculo de la prima de antigüedad se utilizará como máximo este tope. Por ejemplo, si ganas $1,500 pesos diarios y tienes 10 años de antigüedad, el cálculo sería: 10 años × 12 días × $852.52 (tope) = $102,302.40 pesos, no $180,000 que resultaría de usar tu salario real.

En el caso del finiquito por renuncia voluntaria, solo tienes derecho a prima de antigüedad en supuestos específicos: si te retiras voluntariamente después de 15 años de servicio continuo, si te separas por causa justificada conforme al Artículo 51 de la LFT (cuando el patrón comete faltas graves), en caso de muerte del trabajador (se paga a beneficiarios), o por incapacidad permanente física o mental. Si renuncias antes de los 15 años sin causa justificada del patrón, no te corresponde prima de antigüedad en tu finiquito.

En cambio, en la liquidación por despido injustificado, la prima de antigüedad siempre se incluye desde el primer año de servicio, independientemente del tiempo trabajado. Además, cuenta con una exención fiscal de 90 UMAs ($10,557.90 para 2026) según el Artículo 93 fracción XIII de la LISR, lo que significa que esta cantidad está libre de ISR. Solo el monto que exceda los $10,557.90 pagará impuestos, protegiendo así una parte importante de esta prestación para el trabajador despedido.

Preguntas frecuentes sobre finiquito y liquidación 2026

El finiquito se paga cuando termina la relación laboral de manera voluntaria (renuncia, fin de contrato, mutuo acuerdo) e incluye días trabajados pendientes, aguinaldo proporcional, vacaciones y prima vacacional. La liquidación se paga cuando hay despido injustificado e incluye todo lo del finiquito más indemnizaciones: 3 meses de salario, 20 días por año trabajado y prima de antigüedad completa. La liquidación es significativamente mayor porque compensa la pérdida injustificada del empleo.
El patrón debe pagar el finiquito el mismo día de la terminación de la relación laboral o a más tardar dentro de los 3 días hábiles siguientes. Este plazo es obligatorio según la Ley Federal del Trabajo. Si tu patrón no cumple con este plazo, puedes acudir a la PROFEDET para asesoría gratuita o presentar una demanda laboral. El retraso en el pago puede generar intereses y sanciones adicionales para el empleador.
No debes firmar la carta de finiquito hasta haber verificado cuidadosamente que todos los conceptos estén correctamente calculados y pagados. Una vez firmada, este documento libera legalmente al patrón de futuras reclamaciones laborales. Tómate el tiempo necesario para revisar cada concepto, compara con tus recibos de nómina anteriores y, si tienes dudas, solicita asesoría en la PROFEDET antes de firmar. Puedes escribir "acepto bajo protesta" si tienes reservas sobre algún concepto, lo que te permite reclamar posteriormente.
Si renuncias voluntariamente, solo tienes derecho a prima de antigüedad si has trabajado 15 años o más de manera continua en la empresa, según el Artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo. Si renuncias con menos de 15 años, no te corresponde prima de antigüedad en el finiquito. Sin embargo, sí te corresponde en caso de despido injustificado desde el primer año, por jubilación, incapacidad permanente, muerte del trabajador, o si te separas por causa justificada del patrón (Art. 51 LFT).
Para 2026, las indemnizaciones por despido injustificado (3 meses de salario + 20 días por año) están exentas de ISR hasta por 90 UMAs, que equivale a $10,557.90 pesos ($117.31 × 90). La prima de antigüedad tiene su propia exención adicional de 90 UMAs ($10,557.90), aplicándose de manera independiente. El aguinaldo proporcional tiene exención de 30 UMAs ($3,519.30) y la prima vacacional de 15 UMAs ($1,759.65). Solo los montos que excedan estas exenciones pagarán ISR.
Si tu patrón se niega a pagarte la liquidación por despido injustificado, puedes: 1) Acudir primero a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) para recibir asesoría legal gratuita e intentar una conciliación. 2) Si no se llega a acuerdo, presentar una demanda ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. 3) De no conciliarse, el caso pasa al Tribunal Laboral. El proceso de conciliación previa es obligatorio desde la reforma laboral de 2019. Tienes un año desde el despido para reclamar tus derechos laborales.

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